FSVP para quién y por qué
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Las reglamentaciones del FSVP se aplican a todos los alimentos regulados por la FDA importados u ofrecidos para su importación en los Estados Unidos, con algunas exenciones parciales y algo menores. "Alimentos" incluye ingredientes en alimentos y bebidas, aditivos alimentarios y aditivos de color que se colocan en los alimentos durante el procesamiento, suplementos dietéticos y empaques y otras sustancias en contacto con alimentos, aunque hay una extensión de dos años de cumplimiento de FSVP para sustancias en contacto con alimentos. Los alimentos regulados por USDA no están sujetos a las regulaciones de FSVP.
Exención
Inaplicabilidad a ciertos productos de carne, aves y huevos. Esta subparte no se aplica con respecto a:
(1) productos alimenticios cárnicos que, en el momento de la importación, estén sujetos a los requisitos del Departamento de Agricultura de EE. UU. (USDA) en virtud de la Ley Federal de Inspección de Carnes (21 USC 601 et seq.);
(2) productos avícolas que al momento de la importación están sujetos a los requisitos del USDA bajo la Ley de Inspección de Productos Avícolas (21 USC 451 et seq.); y
(3) Productos de huevo que, en el momento de la importación, estén sujetos a los requisitos del USDA en virtud de la Ley de inspección de productos de huevo (21 USC 1031 et seq.).
Los importadores que establezcan y verifiquen el cumplimiento de ciertas especificaciones (con respecto a los componentes y el empaque de los suplementos dietéticos) exigidas en virtud de la regulación de las Buenas Prácticas Actuales de Manufactura (CGMP, por sus siglas en inglés) para suplementos dietéticos preexistentes no estarán obligados a cumplir con la mayoría de los requisitos estándar del FSVP.
Lo mismo se aplicaría a los importadores cuyo cliente deba establecer dichas especificaciones y verificar que se cumplan, excepto que el importador tendría que obtener una garantía por escrito de que su cliente cumple con esos requisitos.
Los importadores de otros suplementos dietéticos, incluidos los productos terminados, deberán cumplir con la mayoría de los requisitos estándar de FSVP (excepto el requisito de análisis de peligros), pero sus actividades de verificación se centrarán en el cumplimiento de las regulaciones CGMP de suplementos dietéticos.
Se establecen requisitos modificados de FSVP para importadores muy pequeños e importadores de alimentos de ciertos proveedores pequeños. (Un ejemplo de estos requisitos modificados es que ciertos importadores no tendrían que realizar análisis de peligros y podrían verificar a sus proveedores extranjeros obteniendo garantías por escrito de su proveedor).
La definición de muy pequeño importador es consistente con la definición de muy pequeña empresa en las reglas de controles preventivos: un tope de ventas de $1 millón para alimentos humanos y $2.5 millones para alimentos para animales.
Los importadores de ciertos pequeños proveedores extranjeros están sujetos a requisitos modificados de FSVP. Esos pequeños proveedores son:
- Instalaciones sujetas a requisitos modificados bajo las reglas de controles preventivos porque son instalaciones calificadas
- Granjas que no están cubiertas por la regla de seguridad de productos agrícolas porque tienen un promedio de $25,000 o menos en ventas anuales de productos agrícolas o porque cumplen con los requisitos para una exención calificada
- Productores de huevos con cáscara con menos de 3.000 gallinas ponedoras
Cada uno de estos tipos de productores está exento de las normas subyacentes de seguridad alimentaria de la FDA o está sujeto a requisitos modificados, en su mayoría, y en algunos casos en su totalidad, debido al tamaño de estas empresas.
Hay requisitos modificados para ciertos alimentos de un proveedor extranjero en un país cuyo sistema de seguridad alimentaria ha sido reconocido como comparable o determinado como equivalente al sistema de los Estados Unidos.
Además, ciertas categorías de alimentos importados no están cubiertas por FSVP. Éstas incluyen:
- Jugos, pescado y productos pesqueros sujetos a y en cumplimiento de las normas de análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP) de la FDA para esos productos, y ciertos ingredientes para uso en jugos y pescado y productos pesqueros sujetos a las normas HACCP.
- Alimentos para investigación o evaluación, alimentos para consumo personal, bebidas alcohólicas y ciertos ingredientes para uso en bebidas alcohólicas.
- Alimentos que se importan para procesamiento y futura exportación
- Alimentos enlatados de baja acidez (LACF, por sus siglas en inglés), como vegetales enlatados, pero solo con respecto a los peligros microbiológicos cubiertos por otras regulaciones, así como ciertos ingredientes para uso en productos LACF (pero solo con respecto a los peligros microbiológicos).
- Ciertos productos de carne, aves y huevos regulados por el Departamento de Agricultura de EE. UU. en el momento de la importación.
Dependencia de otras entidades
El importador de FSVP puede depender de otras entidades para realizar la mayoría de los requisitos estándar de FSVP, siempre que el importador de FSVP revise y evalúe el trabajo de la otra entidad y documente su revisión y evaluación. Esta flexibilidad está destinada a ayudar a los importadores de FSVP que tienen menos conocimientos sobre seguridad alimentaria, así como a los importadores de FSVP que no tienen una relación comercial directa con el proveedor extranjero.
Requisitos de personal
Una persona calificada debe desarrollar su FSVP y realizar cada una de las actividades requeridas en esta subparte. Una persona calificada debe tener la educación, la capacitación o la experiencia (o una combinación de las mismas) necesarias para realizar las actividades asignadas y debe poder leer y comprender el idioma de cualquier registro que deba revisarse al realizar una actividad.
Un auditor calificado debe realizar cualquier auditoría realizada de acuerdo con los requisitos de la FDA. Un auditor calificado debe tener la experiencia técnica obtenida a través de la educación, capacitación o experiencia (o una combinación de las mismas) necesaria para realizar la función de auditoría.
Análisis de riesgo
Un importador debe ejecutar un Programa de Control de Calidad y Seguridad como HACCP, GFSI, BRC o cualquier otro programa reconocido por la FDA.
Se requiere que un importador identifique y evalúe, con base en la experiencia, datos de enfermedades, informes científicos y otra información, los peligros conocidos o razonablemente previsibles para cada tipo de alimento que importa para determinar si hay algún peligro que requiera un control.
Como lo requiere su Programa de control de calidad y seguridad, el importador debe evaluar los peligros identificados para determinar si alguno de los peligros identificados es un "peligro que requiere un control". Un "peligro que requiere un control" se define como un peligro conocido o razonablemente previsible para el cual una persona con conocimientos sobre la fabricación, el procesamiento, el envasado o la conservación seguros de los alimentos establecería, en función del resultado de un análisis de peligros, uno o más controles. o medidas para minimizar significativamente o prevenir el peligro. La evaluación del peligro debe sopesar la probabilidad de que ocurra el peligro en ausencia de controles y la gravedad de la enfermedad o lesión si ocurriera el peligro.
Verificación de proveedores
Los importadores tienen la flexibilidad de adaptar las actividades de verificación de proveedores a los riesgos alimentarios únicos y las características del proveedor. Una vez realizada la evaluación de riesgo, el importador debe establecer y seguir procedimientos escritos para garantizar, en la mayoría de los casos, que solo importa de proveedores extranjeros aprobados y debe realizar actividades de verificación de proveedores apropiadas.
Las opciones incluyen todos los requisitos de su Programa de Control de Calidad y Seguridad.
Por ejemplo :
- Auditorías anuales in situ de las instalaciones del proveedor, realizadas por un auditor externo cualificado.
- Muestreo y prueba
- Una revisión de los registros de seguridad alimentaria relevantes del proveedor. Un importador puede confiar en otra entidad (que no sea el proveedor extranjero) para determinar y realizar las actividades apropiadas de verificación de proveedores, siempre que el importador revise y evalúe la documentación pertinente.
- ETC…
¿Qué pasa si algo sale mal?
Los importadores deben tomar de inmediato las medidas correctivas apropiadas si determinan que un proveedor extranjero no ha utilizado procesos y procedimientos que brinden el mismo nivel de protección de la salud pública que exigen las reglamentaciones sobre inocuidad de los productos y controles preventivos, según corresponda, o que el proveedor produce alimentos que está adulterado o mal etiquetado con respecto al etiquetado de alérgenos.
• La medida correctiva adecuada dependerá de las circunstancias, pero podría incluir la interrupción del uso del proveedor extranjero hasta que se haya abordado adecuadamente la causa del incumplimiento, la adulteración o el error de marca.